Prestación humanitaria periódica: Pensión especial de invalidez para las víctimas de la violencia

La prestación creada a través del artículo 46 de la Ley 418 de 1997 busca salvaguardar a las personas que, con ocasión del conflicto armado, sufrieron una pérdida de capacidad laboral y que no tienen otra forma de obtener ingresos; muchos de ellos han sido víctimas de atentados terroristas, minas antipersonales, y otros actos contra la población civil. El Estado, se encuentra obligado realizar acciones que les permita a tantas personas víctimas del conflicto armado llevar una vida en condiciones de dignidad y proteger los derechos sociales, económicos y culturales, no podemos dejar de lado que estamos ante la protección de un grupo claramente marginado y vulnerable al cual el Estado debe proporcionar el acceso a una pensión.

Para ser beneficiario de dicha prestación, no es necesario estar afiliado al sistema y esta mesada no se financia con aportes del ciudadano.

La pensión mínima establecida para las víctimas del conflicto armado, conocida como pensión humanitaria, tiene las siguientes características:

1.  Se requiere tener una pérdida de capacidad laboral del 50% o más con origen en el conflicto armado, la cual se debe evaluar de conformidad con el Manual Único de Calificación de Invalidez Decreto 1507 de 2014.

2. Su monto es de un salario mínimo legal mensual vigente.

3. La persona debe carecer de otras posibilidades pensionales.

Expertos en Pensiones ha sido la firma líder en ganar con éxito a través de reclamaciones administrativas, acciones de tutela y en algunos casos por vía de demanda la prestación humanitaria periódica, ya que no se puede dejar de lado que estamos frente a la protección de un grupo claramente afectado por la violencia, donde el Estado debe velar por el establecimiento de medidas que subsanen la injusticia social y se corrijan las evidentes desigualdades sociales, y que tengan un ingreso en la vida económica y mejorar por ende las condiciones de vida, es por ello que es fundamental proteger los derechos de sectores vulnerables de la población como ocurre con las víctimas del conflicto armado interno.



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